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Reglamento de Estudios de Postgrado con Modificaciones y
Reglamentaciones
En actualización
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Ed. Uriel Gutiérrez
Of. 557
Tel.: 3165280
Fax: 3165107
E-Mail
secgener@unal.edu.co
Bogotá, Colombia


UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
CONSEJO ACADÉMICO


ACUERDO NÚMERO 020 DE 2001

Acta número 09 del 12 y 13 de diciembre de 2001


"Por el cual se reglamentan los Estudios de Posgrado en la
Universidad Nacional de Colombia"

EL CONSEJO ACADÉMICO
en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y, en especial, de la delegación hecha por el Acuerdo No. 008 de 2001 del Consejo Superior Universitario y

C O N S I D E R A N D O:

  1. Que desde la promulgación del Reglamento de los Estudios de Posgrados (Acuerdo Número 119 de 1987 del Consejo Superior Universitario), tanto nacional como internacionalmente se han presentado cambios en la educación superior y que estas transformaciones inciden en la Universidad haciendo necesaria la revisión y actualización de su política de posgrados tanto en su contenido como en su reglamentación.
  2. Que según el Artículo 69 de la Constitución Política de Colombia y de acuerdo con el espíritu de la estructura orgánica que le otorga el Decreto Extraordinario 1210 de 1993, es decisión autónoma de la Universidad Nacional de Colombia establecer criterios y normas generales para adecuar sus programas curriculares de posgrado a los continuos avances del arte, la ciencia, la filosofía, la tecnología y para garantizar la calidad y la excelencia de la educación avanzada en la Universidad.
  3. Que es necesario asignar funciones a diferentes instancias académicas en lo que se refiere a programas curriculares de posgrado y adecuarlas a las normas contenidas en la Ley 30 de 1992, el Decreto 1210 de 1993, el Acuerdo 13 de 1999 y las demás normas internas complementarias.
  4. Que el Consejo Académico, en su sesión del 12 y 13 de diciembre de 2001, Acta No. 09, estudió y aprobó las normas sobre los aspectos académicos y administrativos de los estudios de posgrado que se incluyen en el presente Reglamento.
  5. Que el Consejo Superior Universitario según el Acuerdo 008 de 2001 delegó en el Consejo Académico la adopción de los reglamentos de organización y funcionamiento de los programas de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia.


ACUERDA:

ARTÍCULO 1. Adopción. Adoptar como Reglamento de los Estudios de Posgrado de la Universidad Nacional de Colombia el contenido del presente Acuerdo.

 

CAPÍTULO 1
ASPECTOS GENERALES

ARTÍCULO 2. Principios. Los programas curriculares de posgrado en la Universidad Nacional de Colombia se orientarán por los siguientes principios:

  • UNIVERSALIDAD

    Se entiende como la coexistencia de las distintas disciplinas y profesiones así como de las diversas creencias y formas de relacionarse con el mundo, que se interconectan por medio del diálogo y la argumentación, otorgando prioridad a los acuerdos colegiados y apoyándose en la adopción de los avances científicos, tecnológicos y metodológicos que potencien los propósitos y metas de la Universidad.

  • INVESTIGACIÓN INTEGRADA

    Busca promover la investigación como fundamento de los estudios de posgrado generadora de conocimientos e impulsora de la interdisciplinariedad. Igualmente pretende interactuar con el entorno, mediante la articulación de la investigación, la formación y la extensión, así como promover el talento humano mediante el arte y la cultura, para formar ciudadanos con responsabilidad social y profesionalmente competentes.

  • COMPROMISO NACIONAL

    Los procesos de generación, apropiación o difusión de conocimiento deben estar vinculados a los problemas, temas e intereses de la nación colombiana y deben articular personas, grupos e instituciones en redes de conocimiento y aprendizaje social, en armonía con las estrategias definidas por la Universidad de acuerdo con su misión.

  • FORMACIÓN EN Y PARA LA AUTONOMÍA

    Es el ejercicio responsable y metódico de la autonomía académica y administrativa para la generación de cultura y conocimiento centrada en los fundamentos de los saberes y no solamente en los procedimientos, para construir comunidades académicas, autónomas, íntegras y éticas y para lograr de manera autorregulada el mejoramiento continuo y el cumplimiento de la misión y objetivos de la Universidad.

  • ARTICULACIÓN

    Se entiende como la interacción con las comunidades académicas nacionales e internacionales en los campos del conocimiento pertinentes, con el fin de potenciar los recursos y el desarrollo académico.

ARTÍCULO 3. Objetivos. Los objetivos de los programas de posgrado en la Universidad Nacional de Colombia son los siguientes:

  1. Ser factor de desarrollo científico, tecnológico, artístico, cultural, socioeconómico y ético del país y sus regiones.
  2. Estudiar y enriquecer el patrimonio cultural, natural y ambiental de la Nación y contribuir a su conservación.
  3. Generar nuevas formas de conocimiento y asimilar en forma crítica la ciencia, la técnica y la tecnología, así como las distintas tendencias del arte y la filosofía.
  4. Propiciar espacios de discusión con el fin de socializar el conocimiento y analizar los problemas de relevancia tanto para el país como para los diferentes campos del conocimiento.
  5. Contribuir a la formación y al entrenamiento de personal científico, tecnológico y artístico altamente capacitado en campos específicos del conocimiento, para el fortalecimiento de las comunidades académicas y profesionales del país.
  6. Ofrecer a los profesionales la oportunidad de generar, conservar, adecuar y mejorar conocimientos para desarrollar sabiduría y competencias en campos específicos de la ciencia, el arte y la tecnología.
  7. Difundir los resultados de las investigaciones y demás trabajos que se realicen en el marco de los programas de posgrado mediante publicaciones, exposiciones, conferencias, según sea adecuado al tipo de trabajo desarrollado.

PARÁGRAFO. Además de los objetivos señalados en los numerales de este artículo, los programas de Maestría y Doctorado deben promover y fomentar la investigación en los diversos campos del conocimiento, con el fin de favorecer la generación de comunidades académicas que impulsen el desarrollo de programas de investigación y de fortalecer las estrategias que ha establecido la Universidad como prioritarias para facilitar su articulación internacional.


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